El pasado 29 de septiembre se publicó en el BOE la Ley 18/2022, de creación y crecimiento de empresas, más conocida como la «Ley Crea y Crece». Esta nueva norma introduce novedades legislativas para agilizar la constitución de nuevas sociedades, regula el periodo medio de pago, se amplía el listado de actividades económicas exentas de licencia, se flexibilizan los mecanismos de financiación alternativa y se generaliza el uso de la factura electrónica.
Esta ley, junto con el Reglamento de la Ley Antifraude, inicia el proceso para la implantación definitiva de la factura electrónica en todas las transacciones realizadas por autónomos y empresas en sus relaciones comerciales.
¿Qué es la factura electrónica?
La factura electrónica no es más que la digitalización de las facturas tradicionales. Este tipo de facturas se emitirán con una estructura concreta, en formato XML, lo que facilitará su tratamiento contable y administrativo.
Indicar que la factura electrónica incluirá toda la información relativa a la operación realizada, tal y como se venían informando hasta ahora (Datos identificativos, tipo impositivo, número de factura, fecha…). Su emisión y legibilidad estará supeditada al software informático de gestión que emplea la empresa o autónomo.
¿Cuál es su objetivo?
Con la factura electrónica el gobierno persigue impulsar la digitalización de las empresas y autónomos, así como, luchar contra el fraude fiscal y la morosidad en las operaciones comerciales. Para conseguir estos objetivos, la Administración impondrá el uso de la factura electrónica de modo que esta obtendrá cada vez más información de todas las transacciones comerciales a nivel nacional.
¿Cuándo se implementará?
Desde la publicación de la Ley, la administración se obliga a la aprobación de un Reglamento de Facturación en el plazo de 6 meses. Este nuevo reglamento desarrollará la información a incluir en las facturas electrónicas y sus requisitos técnicos. Por otro lado, se establecerán las bases a cumplir por los prestadores de soluciones digitales, es decir, los proveedores informáticos propietarios de los programas de gestión.
Una vez publicado este reglamento, estimado para marzo de 2023, se establecen los siguientes plazos:
Obligaciones de las empresas y autónomos:
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